martes, 23 de noviembre de 2010

25 ideas rápidas sobre ética y vacunación del sarampión

La polémica en torno al brote de sarampión ocurrido en un colegio público de un barrio de la ciudad de Granada plantea retos éticos de importante magnitud. Al parecer, el brote está asociado al hecho de que en dicho colegio hay un grupo de padres, no muy numeroso pero significativo, que defienden activamente la no-vacunación de sus hijos.


El ideario anti-vacunación, con frecuencia basado en una mezcla de críticas a la información científica y argumentos de corte filosófico naturista o similares, tiene presencia en nuestro país, aunque quizás no con tanta potencia como en otros países de nuestro entorno.En cualquier caso, no estaría de más conocer en más detalle qué tipo de argumentación utilizan.

Pero el brote de sarampión ha acabado por afectar a personas no pertenecientes a este colectivo de niños "no vacunados" y han surgido casos en niños pequeños que no han completado su calendario vacunal y en adultos, casos éstos especialmente preocupantes por su potencial gravedad.

Finalmente la Consejería de Salud de Andalucía ha decidido plantear al Juez la posibilidad de obligar coactivamente a los padres a vacunar a sus hijos. Dado que la decisión es delicada, el juez ha solicitado a las autoridades sanitarias más datos y aclaraciones que puedan justificar una intervención por su parte.

Aquí dejo mis reflexiones y opiniones, discutibles, sobre este debate que creo de enorme trascendencia ética para el  presente y para el futuro.

 


Imagen: Detalle de "Pandora Box", de Gemma Nelson.

11 comentarios:

  1. Muy interesante post, especialmente para mi que tengo a mi niño en uno de los coles afectados.

    Un par de apreciaciones:

    - Como dices, las autoridades sanitarias deben ser prudentes, hasta el momento no lo han sido. El pediatra que fue al cole a hablar sobre el tema vacunas, empezó su intervención diciendo que las vacunas eran obligatorias porque "salían en el BOJA". Esto desde luego, además de ser mentira, no es la manera de modificar la conducta de ningún padre.

    - Las intervenciones de promoción de la salud, deben ser muy respetuosas, porque si no lo son, no consiguen el objetivo de cambiar "una actitud no saludable". En el caso de este cole, los padres que deciden no vacunar están informados y se preocupan por leer información sobre la salud de sus hijos (aunque manejan algunos datos que no responden a la evidencia científica) y tienen un nivel cultural alto. El imponer la vacunación no creo que sea una estrategia efectiva para ellos, incluso diría que tendrían el efecto contrario. La estrategia sería más bien la difusión de información y de evidencia confiable.

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  2. El problema del porqué hemos llegado a esta situación no se reduce a la actitud de "los padres que deciden no vacunar". Hay mucha responsabilidad por repartir, incluida la de profesionales sanitarios y responsables de salud pública.

    Lo cortes no quita lo valiente. Reconozcamos tambien, en lo concerniente a estos padres, que la información no equivale a conocimiento y diferenciemos el nivel de instrucción con el nivel cultural (no necesariamente van parejos).

    Como bien comenta Clara, difundamos conocimiento y valores culturales que fomenten la responsabilidad social.

    miguel melguizo jiménez

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  3. El artículo me parece interesante, oportuno y comparto sus planteamientos. La opción de la Consejería de Salud al elegir un curso extremo para preservar el valor salud, la coaación mediante intervención judicial, no deja ningún espacio para respetar el otro valor en conflicto, la autonomía de los padres para decidir sobre la salud de sus hijos. No se cuales han sido los esfuerzos por encontrar un curso intermedio que pudiera conciliar las dos posturas enfrentadas, no se si, como dice el artículo, se ha intentado negociar otras opciones como retirar a los niños no vacunados de la escuela durante unos días, es decir el equivalente al periodo de incubación contado desde el último caso declarado, es decir, unos 15 o 20 días. Tampoco el sarampión es una enfermedad con alta letalidad o grandes secuelas discapacitantes. En cualquier caso, las consecuencias de la radicalización de posiciones son imprevisibles

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  4. El comentario me parece oportuno y acertado. Creo que el conflicto entre el valor salud de la comunidad y autonomía de los padres para decidir sobre la salud de sus hijos se ha resuelto de la pero forma posible: un curso extremo que ha llevado al juez a coaccionar a las familias imponiendo incluso el recurso a la policía si los padres no cumplen su mandato. No se cuales han sido las actuaciones que se han hecho para buscar un curso intermedio, pero el resultado no puede ser peor. A mi juicio, la gravedad de la situación epidemiológica no justifica la magnitud de la respuesta. El auto del juez tiene unos fundamentos jurídicos que no puedo discutir, pero si los epidemiológicos. No hablamos de viruela, de cólera o de polio. Se trata de una enfermedad cuya mortalidad cayó en picado 30 años antes de contar con una vacuna efectiva porque está muy determinada por las condiciones de salud de la persona infectada y esta a su vez por las condiciones de vida. El sarampión mata a niños desnutridos o sin acceso a un sistema sanitario eficaz. Ese no es el caso de Granada. Es cierto que las complicaciones afectan a un 5% o 10% de los enfermos, pero no todas en esa proporción. Creo que una de las consecuencias de la acción emprendida puede ser la radicalización de las posiciones y la necesidad de recurrir sistemáticamente a respuestas de este tipo. Por último, no quisiera verme en el papel de la enfermera que tenga que vacunar a un niño en presencia de la policía y menos aun si sufre una complicación vacunal por leve que sea o padece un sarampión vacunal que afecta a un 10% de los vacunados.

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  5. Me parece muy adecuadas tus reflexiones y a estas alturas en que el juez ya ha decidido que la vacunación obligatoria es lo más acertado, no me queda más que agradecerte el esfuerzo que has hecho por dar una visión conciliadora de todas las partes, pero quizá esta sociedad no está aún preparada para hacer las cosas sin leyes por medio.

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  6. Me parecen muy bien tus reflexiones "profe", pero creo que ya se ha respetado la autonomía de los padres cuando decidieron en su momento no vacunar a su críos, y en ese momento no se les obligó.
    Solo cuando ha aparecido el brote y han persistido en su actitud a pesar de las explicaciones del "Sistema Sanitario", se ha recurrido al "Sistema Judicial" para defender los intereses de la mayoría.
    No es necesario que el sarampión sea un enfermedad mortal. Mi hijo no tiene que padecer una enfermedad porque otra persona tenga unos valores diferentes.
    ¿Valores de los padres versus salud de mi hijo?
    ¿Politeísmo de los valores éticos?
    Saludos.

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  7. Estando, en la forma y en el fondo, de acuerdo con la argumentación, me parece de interés hacer un comentario.
    Entendiendo que se plantean dos cursos de acción hasta cierto punto excluyentes. Por un lado proporcionar la información accesible y procurar el convencimiento de los ciudadanos a través de la evidencia científica disponible (...y por esencia cambiante), asumiendo el riesgo de superar puntualmente el “efecto rebaño”. Por otro, promover la modificación legal que implique la obligatoriedad del “calendario vacunal vigente” (también dispar y cambiante), en pro del bien de la salud pública.
    Entendiendo y comparto (tal y como ha ocurrido al fin en este caso) la necesidad de la obligatoriedad puntual, excepcional y en caso de grave riesgo (suficientemente justificado). Entiendo además que el hecho debe ser considerado siempre como una necesidad de mejora de nuestro sistema público de salud en su misión educadora de la población.
    Lo que no comparto es que la excepción se transforme en norma y que el fracaso puntual y excepcional del sistema (si no hubiera sido excepcional, no sería noticia el hecho), justifique la intervención normativizada y generalizada contra voluntad, obligando por ley. Esto, a mi juicio, supone un prejuicio frente la ciudadanía sobre su mayoría de edad, deshaciendo el deseable camino hacia nuestra autonomía responsable.
    No sería el primer ejemplo en estos últimos tiempos que senos impone supeditarla libertad y la responsabilidad fente a la pretendida seguridad.
    Félix Igea

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  8. Desde fuera, la actuación administrativa ha exhibido una contundencia (efecto aleccionador) que es comparable, en parte, a la "solución" dada al conflicto planteado por los controladores aéreos. Habermas o Lévinas se llevarían las manos a la cabeza, no? Porque si algo no se percibe en el procedimiento es la comunicación. Se invoca un supuesto "interés público" (el mismo que se abandona cuando se privatiza AENA, por ejemplo) y se escamotea la posibilidad de oir socialmente los argumentos del "otro", directamente se les criminaliza como egoístas e irresponsables. ¿Puede haber ética allí donde no hay lenguaje, intención comunicativa? Una ética política no hobbesiana (el hombre lobo para el hombre) debe anteponer el encuentro de subjetividades a la disposicíón autoritaria. No hay ética sin trascender el ego(centr)ísmo político. Mi pregunta es: no será esto de la ética, al menos en el plano social y político, un ejercicio de ingenuidad intelectual en una sociedad divida en clases?
    Antonio Garrido Porras

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  9. La decisión de vacunar por orden judicial es una decisión controvertida, pero es que la situación de partida lo era y cualquier decisión que finalmente se adoptara, posiblemente habría podido ser objeto de críticas.
    Pero, ¿ante esta situación de incertidumbre se ha tomado la decisión más prudente?.
    Como hechos, podría destacar los siguientes:
    1.Las vacunas se han mostrado como un elemento fundamental para prevenir enfermedades, llegando en algunas ocasiones hasta su erradicación.
    2.La Consejería de Salud, realiza campañas periódicas cuyo objeto es completar el calendario vacunal al considerarlas como un elemento de Salud Pública claramente positivo.
    3.Como casi toda actividad sanitaria, no está exenta de complicaciones y riesgos, que aunque controlados, pueden llegar a ser muy graves.
    4.La vacunación no es obligatoria en España.
    5.Algunos países se plantean la posibilidad de instaurar el calendario vacunal de forma obligatoria.
    6.Al no ser obligatoria, sólo por decisión judicial esta podría ser realizada.
    7.Las autoridades sanitarias pueden tomar medidas para preservar la salud pública.
    8.Los padres tienen derecho a la educación y medidas de prevención sanitarias que consideren necesarias en sus hijos. Igualmente son responsables de estas decisiones y sus posibles consecuencias que puedan acarrear en un futuro a los mismos.
    9.Los niños, la población en general, tiene derecho a ser protegidos ante un determinado brote epidémico.
    10.Se detectó un brote epidémico en niños no pertenecientes al colectivo de los “no vacunados”.
    11.Se establece de forma clara el derecho a negarse a un tratamiento. La duda está en saber cuándo se está en un caso de riesgo para la salud pública.
    12.El sarampión es una enfermedad sumamente contagiosa para el que no existe tratamiento específico. Su pronóstico suele ser benigno, aunque las complicaciones aumentan en el colectivo de niños no vacunados y adultos.
    Ante esta situación de brote epidémico que afecta a niños no pertenecientes al colectivo de no-vacunación, cabría tomar dos decisiones situadas en los “cursos extremos”:
    1.No hacer nada, esperando que el brote evolucione, seguramente de forma favorable.
    2.Vacunar de forma obligatoria.
    La primera de las decisiones no parece acertada. Las autoridades sanitarias, ante la existencia de un brote de una enfermedad altamente contagiosa, aunque no grave, debe actuar con el objeto de aislar el brote y eliminarlo. No hacer nada podría conllevara incurrir en una actuación sanitaria que podría calificarse de irresponsable.
    La segunda de las actuaciones, vacunar de forma obligatoria, sólo puede ser realizada mediante orden judicial y ante la existencia de un riesgo para la salud pública. Esta decisión, entra en conflicto con el derecho a no vacunar, y con la posibilidad de que el brote no fuera realmente una situación sanitaria de tal gravedad que anule derechos individuales. Otro importante inconveniente de esta situación, es que se trata de un colectivo que tiene muy estructurada su posición, por lo que posibilidad de que siguieran negándose a la vacunación, era algo más que previsible. Esto colocaría, tanto a la administración sanitaria como judicial ante una situación de muy compleja resolución: ¿Qué hacer si se siguen negando a la vacunación? Igualmente una vez resuelta esta situación, es más que probable que el período de contagio de estos niños, ya habría quedado superado. Por lo que se ha debido valorar como medida más adecuada la toma de decisiones enmarcadas en “cursos intermedios”:
    1.Aislamiento de los niños no vacunados y contagiados.
    2.Seguimiento de los niños en riesgo de contagio de la enfermedad.
    3.Campañas de educación sanitaria, a pesar de que se trata de un colectivo con ideas fuertemente estructuradas y asentadas.
    4.Aunque los padres tienen el derecho a no vacunar, igualmente se les debió de hacer conscientes de la responsabilidad que adquieren al no hacerlo, sobre todo en otros niños y adultos.
    Antonio Velázquez

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  10. Alguien o algunos pueden pensar que la decisión de vacunación por orden judicial, se las “trae”, pero más se las “trae” que haya sido a propuesta de la Consejería de Salud, sin explorar otras medidas intermedias.
    Como muy bien se argumenta por los más ilustrados, se deben buscar cursos de acción que permitan respetar los tres valores o derechos inmersos en el tema:
    a) El derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus creencias.
    b) el derecho del hijo a que se proteja su bienestar, su salud.
    c) el derecho de la sociedad a que se proteja su bienestar, su salud.
    Tan complicado es conjugar los tres derechos, para que desde una sola acción se respeten todas.
    No voy a entrar si no se ha realizado una información educativa sobre la idoneidad de la vacunación, no desde el punto de vista desde una presunta imposición normativa, si no desde el punto de vista del binomio riesgo/beneficio; aunque como yo, seguro que hay más de uno que piensa que la gestión de este tema ha dejado algo que desear; tampoco voy a entrar (tengo mi opinión clara) de por qué no se normaliza la obligatoriedad del calendario vacunal, aunque en este caso si voy a decir que si se intentase obligar por ley, esta debería ser, una normativa de rango para toda la Unión Europea, supongo que eso es mucho decir? o tal vez no?.
    Tan complicado era para las autoridades educativas en coordinación con las de salud, indicar a los padres que o se vacunan lo niños o tendrán que pasar un periodo de tiempo en aislamiento voluntario en casa; estamos hablando de un periodo tal ves de 15-20 días aproximadamente, y así quizás todos los derechos respetados.
    Por qué se decide intentar imponer, antes de llegar a un curso intermedio, donde sin entrar en obligaciones “forzosas” , se intenta convencer con la evidencia científica en la mano, perdón en el don de la oratoria, que los padres valoren la posibilidad de que sean vacunados sus hijos, antes de que se contagien otros personas, ya sean niños o adultos, quizás debido a su negación de ser vacunados.
    Lo que no tiene lógica alguna es lo que se pretende transmitir de forma impositiva “BAJO LA DEFENSA DE LA SALUD PÚBLICA” , diciendo que por encima de todo está la ley, que ley?, la ley de los derechos a las creencias?, la ley de la mayoría impositiva?, o quizás ambos términos”. Como bien dice nuestro amigo ilustrado, bajo “EL RESPETO A LAS CREENCIAS, PERO SIEMPRE QUE SU EJERCICIO SEA COMPATIBLE CON EL RESPETO A LOS DERECHOS DE LOS DEMÁS”.

    Eucontre1

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  11. Como ciudadana reclamaría mayor claridad, si no es obligatorio vacunar a los niños, ¿ porque me obligan a vacunarlos en cuanto hay un brote? o es que cada brote es distinto y se valorará de forma independiente?
    Alguien astuto (por no calificarlo de otra forma) podría pensar … quizás no es un problema …. El resto si está vacunado, no me contagian y no asumo ningún riesgo.
    Por otra parte, si la vacunación es voluntaria, se debería informar a la ciudadania de ese derecho, toda la información que hay en los carteles, folletos etc.. en los centros de salud lo obvian, presentan el calendario vacunal de la Junta de Andalucia, no aparece la opción de rehusarlo, menos aún informan de ningún riesgo, salvo fiebre.
    Creo que si no es fácil llegar a conclusiones ni acuerdos, teniendo series, estudios, evidencias, ¿cuál es mi criterio? Tengo creencias y opiniones, eso es todo.
    Vivimos en sociedad, nuestra libertad empieza donde termina la de los demás, nuestros hijos no son "nuestros" fundamentalmente, son "suyos", no lo olvidemos, elllos tendrán sus propios retos, nos protegerán y cuidaran cuando seamos ancianos y/o enfermos, nos debemos los unos a los otros, y como sociedad, los educamos, y debemos protegerlos, incluso de sus propios padres.
    No creo que la decisión sobre la vacunación deba trasladarse alos individuos, si a grupos de estudio, asociaciones de ciudadanos, autoridades sanitarias.
    Pienso que por encima de la libertad individual debe primar el consenso, y las vacunas las situaría en ese acuerdo, dentro de la Salud Pública, que nos afecta a todos. Al menos valorar si algunas de ellas deben ser obligatorias.
    En resumen pienso que es necesaria mayor decisión por parte de las autoridades sanitarias, pediría un acuerdo para la vacunación infantil a nivel Europeo.
    Y por último, ya que los recursos de esta sociedad son limitados, sería deseable judicializar el mínimo posible de temas, nos beneficiaría a todos.
    Ana rodriguez archilla, CURSO BIOÉTICA EASP

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